Los sabios coinciden

¿Quién no tiene que ayunar?

El enfermo y el viajero, que recuperan los días después. También están dispensados: los niños antes de la pubertad, las mujeres con menstruación o sangrado posparto (recuperan los días), y las embarazadas o lactantes. Quienes tienen una condición permanente que no mejorará —enfermedad crónica, vejez— no recuperan los días y alimentan a un necesitado por cada uno.

Las cuatro escuelas concuerdan en esto.

La respuesta larga

Las dispensas están en el texto y no fueron añadidas después, lo cual merece notarse: la dificultad estaba prevista.

“Son días contados el mes de Ramadán. Quien esté enfermo o de viaje y no ayune, deberá reponer posteriormente los días no ayunados. Quienes puedan pero con mucha dificultad por la vejez y no lo hagan, deberán alimentar a un pobre por cada día no ayunado. Pero quien voluntariamente alimente a más de un pobre, será más beneficioso para él. Y ayunar es mejor para ustedes, ¡si supieran!” (Corán 2:184)

Y el versículo siguiente enuncia el principio de fondo: “En el mes de Ramadán fue revelado el Corán como guía para la humanidad y evidencia de la guía y el criterio. Quien presencie la llegada de la Luna nueva de el mes deberá ayunar, pero quien esté enfermo o de viaje y no ayune deberá reponer posteriormente los días no ayunados y así completar el mes. Allah desea facilitarles las cosas y no dificultárselas; alaben y agradezcan a Allah por haberlos guiado.” (Corán 2:185)

Quién queda dispensado y qué debe cada uno:

  • El enfermo. Cualquier enfermedad que el ayuno agravaría de verdad o cuya recuperación retrasaría. No hace falta estar postrado. Recupera los días al sanar.
  • El viajero. Un viaje real, no un trayecto diario. Puede ayunar si le resulta fácil y no hacerlo si no lo es; en cualquier caso recupera los días.
  • La menstruación y el sangrado posparto. No está permitido ayunar durante ellos, y los días se recuperan después. Nótese la asimetría que sorprende a muchas: esos ayunos se recuperan, las oraciones de esos días no.
  • El embarazo y la lactancia, cuando el ayuno dañaría a la madre o al bebé.
  • Los niños, hasta la pubertad. Muchos ayunan medios días por voluntad propia, lo cual es estímulo y no obligación.
  • Los incapacitados de forma permanente: enfermedad crónica sin recuperación previsible, o edad avanzada. Estos no recuperan días; en su lugar, por cada día se alimenta a un pobre (fidia).

Dos cosas que conviene dejar claras. Primera: acogerse a una dispensa real no es una forma menor de Islam; es seguir la instrucción, y el versículo termina diciendo que Allah quiere para ti la facilidad. Segunda: si dudas de si una condición médica califica, esa es una pregunta para un médico y después para un sabio; el hecho médico va primero y el dictamen lo sigue.

En qué se apoya